SE APRUEBA PUNTO DE ACUERDO, EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, PARA ADELANTAR PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS; A PESAR DE LAS OBSERVACIONES BIEN FUNDAMENTADAS QUE REALIZO LA DIP BERTHA PÉREZ
Tenemos que empezar por reconocer que tanto la forma como el fondo de la renuncia de los tres Consejeros, de cuatro, del Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (CODHEY), es una situación singular y excepcional jurídica y políticamente hablando en la relativa corta existencia de la CODHEY.
Este caso sui géneris ha dejado al descubierto muchas cosas, entre otras, que la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán tiene lagunas y vacios en cuanto al procedimiento de nombramiento de Consejeros, puntualmente estamos hablando de su artículo 28.
Es importante no soslayar que, tanto los ahora tres ex-consejeros, como las organizaciones de la sociedad civil, demandan no solo un proceso claro en la designación de los nuevos consejeros de la CODHEY; sino que también se esclarezcan los motivos que originaron la renuncia de Olga Consuelo Moguel Pereyra, Alejandro Seguí Cisneros y Guillermo Alonzo Angulo. Más aun, no podemos perder de vista que la sociedad organizada es parte de los verdaderos mandantes de los diputados, que a su vez exigen certeza, transparencia, honestidad y eficiencia a un Congreso que presume de ser “cercano a la gente"; y que hasta ahora no les ha abierto la posibilidad de participación activa en la solución de este conflicto, tampoco les ha dado una respuesta a sus demandas.
La fracción I del art. 28 establece: "La convocatoria deberá publicarse a más tardar treinta días antes de la fecha en que deban designarse a los Consejeros"
Y la fracción II dice: "La Comisión Permanente, a más tardar siete días antes de la fecha en que deba de

Invito a que algún diputado o diputada, con fundamento en la Ley, exprese en esta Asamblea cuándo se debe nombrar un Consejero en caso de renuncia o vacante.Es entonces, Diputadas y Diputados, que con base en la facultad que nos confiere el artículo 30, fracción V de la Constitución Política de Yucatán, que reproduzco a la letra:
Art. 30.- Son facultades del Congreso:
V.- Dar, interpretar y derogar leyes y decretos
Con base en esa facultad constitucional, que los cuatro coordinadores de las fracciones parlamentarias representadas en esta Legislatura, así como los Diputados y Diputadas integrantes de la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Grupos Vulnerables de este Congreso estuvieron de acuerdo en esta interpretación fundada, en la reunión que para tal efecto se realizó en la oficina de la Presidencia de la Gran Comisión.
V.- Dar, interpretar y derogar leyes y decretos
Con base en esa facultad constitucional, que los cuatro coordinadores de las fracciones parlamentarias representadas en esta Legislatura, así como los Diputados y Diputadas integrantes de la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Grupos Vulnerables de este Congreso estuvieron de acuerdo en esta interpretación fundada, en la reunión que para tal efecto se realizó en la oficina de la Presidencia de la Gran Comisión.
No estoy haciendo uso de la palabra en esta tribuna para defenderme de la sarta de mentiras, y verdades a medias, que sólo reflejan la falta de ética, de probidad, oficio político, incapacidad, dolo y sobre todo irresponsabilidad de la fracción parlamentaria del PRI y compañía -(Todos Somos Yucatán)- .
Esta actitud de irresponsabilidad, es lo que está debilitando la institucionalidad del Congreso del Estado, y con esa misma actitud están contribuyendo a socavar la confianza de la sociedad en este Poder Legislativo. Y como decía Confucio a sus discípulos: “para gobernar se puede prescindir del ejercito, hasta de la suficiente comida, pero menos de la confianza. Si el gobernante pierde la confianza del pueblo, lo pierde todo”.
Que quede claro; hago uso de la palabra porque la Propuesta de Punto de Acuerdo no sólo esta insuficientemente fundado y motivado, sino que peor aún; faltan a la verdad sus promoventes…
DISCURSO COMPLETO: http://docs.google.com/Doc?id=d56rpnp_0gk93p3f8
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